El motivo por el cual las multas impuestas por la Procuraduría Federal del Consumidor por su acrónimo PROFECO son ilegales cuando se actualizan conforme al Acuerdo por el que se actualizan los montos de las operaciones y multas previstas en la Ley Federal de Protección al Consumidor.
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El motivo por el cual las multas impuestas por la Procuraduría Federal
del Consumidor por su acrónimo PROFECO son ilegales cuando se actualizan
conforme al Acuerdo por el que se actualizan los montos de las operaciones y
multas previstas en la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Se establece que uno de los requisitos son que los actos
administrativos, como lo son las multas impuestas por una las Autoridades
Administrativas como la Procuraduría Federal del Consumidor, es que contengan
el fundamento y la motivación debida, entendiéndose por fundamentación la cita
expresa de los preceptos legales en los que funde su actuar tanto respecto de
la competencia de la autoridad como de la potestad ejercida y por motivación
debe entenderse por la explicación de los razonamientos jurídicos que armonizan
el precepto legal aplicable y al caso en concreto. Ahora bien, tenemos que año
con año, la Procuraduría Federal del Consumidor emite un acuerdo por medio del
cual se actualizan los montos de las operaciones y multas previstas en la Ley
Federal de Protección al Consumidor, el cual es signado por el Procurador
Federal del Consumidor en turno.
Daremos un ejemplo de una de las multas ilegales por parte de
Profeco mas recurrentes es multa por propina obligatoria y como consumidores,
todos sabemos que es ilegal que, en restaurantes o bares, se incluya la propina
en la cuenta o se te pretenda cobrar de manera obligatoria algún porcentaje por
el “servicio”.
la ley es clara en
señalar que no puede cobrarse ni agregarse ningún servicio que el consumidor no
haya ordenado expresamente.
Es decir, lo
correcto es que te cobren lo que pediste, ni más ni menos. Sin embargo, la
propina es más bien un agradecimiento por el servicio brindado por los
empleados, que muchas veces, dependen exclusivamente de las propinas para la
percepción de su sueldo (lo cual, también es ilegal).
Esto es que se obliga a los establecimientos a proporcionar (y por ende,
cobrar) solo lo solicitado por el consumidor, que en el caso de un restaurante,
sería solamente los alimentoso bebidas que ordenen expresamente, y no incluir
ningún costo o servicio extra como lo seria “el servicio” o la propina.
Cabe mencionar que las multas de PROFECO se pueden impugnar, pues en
muchas ocasiones no se comete ninguna violación, o las autoridades aprecian de
manera incorrecta los hechos y multas de manera injusta a muchos
establecimientos.
se recomienda a los dueños de establecimientos respetar las normas y en dado caso, si se pretende agregar algún servicio, hacerlo como una sugerencia, y no de manera obligatoria ni cargarlo a la cuenta como un producto más.