Nuestra firma legal se especializa en atender asuntos derivados del ámbito de competencia de la Procuraduría Federal del Consumidor, conocida como Profeco. Dentro de nuestros servicios, ofrecemos representación en procedimientos administrativos, tales como la interposición de quejas, comparecencia en audiencias, formulación de informes y respectivos extractos, así como la elaboración de proyectos de convenio.
Nuestro equipo de abogados expertos en derecho del consumidor se encargará de representarte en dichos procedimientos, velando por la protección de tus intereses en cada etapa del proceso. Estamos comprometidos en brindarte el apoyo legal necesario para garantizar que se respeten tus derechos como consumidor.
Si deseas obtener más información sobre nuestros servicios y cómo podemos ayudarte en asuntos relacionados con la Profeco, no dudes en contactarnos. En Abogado Profeco, encontrarás la asesoría legal especializada que necesitas para resolver cualquier problema o conflicto que involucre tus derechos como consumidor. Estamos aquí para defender tus intereses y asegurarnos de que recibas la protección y la justicia que mereces. ¡Contáctanos hoy mismo para comenzar a trabajar juntos en la defensa de tus derechos como consumidor!
No dudes en contactarnos.
Sí, PROFECO puede revisar (inspeccionar o verificar) un negocio sin aviso previo, pero bajo ciertas condiciones legales.
Te explico cómo funciona ?
La Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), en sus artículos 24, 25 y 98 al 117, faculta a PROFECO para realizar visitas de verificación a los proveedores de bienes o servicios.
Visita de verificación ordinaria
Puede ser programada por PROFECO como parte de sus labores de vigilancia.
No requiere aviso previo al proveedor.
El verificador debe presentarse con:
Orden escrita de verificación, firmada por autoridad competente.
Identificación oficial de PROFECO.
El objeto o motivo de la visita (por ejemplo, revisar precios, garantías, publicidad, etc.).
Debe levantar un acta circunstanciada, que tú puedes firmar y conservar copia.
Visita de verificación extraordinaria
Se realiza por denuncias, quejas o sospechas de infracciones graves.
Tampoco requiere aviso previo.
Es común si hay reportes de prácticas abusivas, publicidad engañosa o riesgos para los consumidores.
No puede entrar por la fuerza ni revisar áreas fuera del alcance comercial (por ejemplo, tu casa si no es parte del negocio).
No puede realizar la visita sin orden escrita ni identificación.
No puede obligarte a firmar el acta si no estás de acuerdo (aunque dejar constancia de negativa).
Pide ver la orden de verificación y anota su número de folio.
Solicita identificación del verificador.
Lee cuidadosamente el acta antes de firmar.
Si algo no te parece correcto, puedes anotar tus observaciones en el acta.
Conserva tu copia del acta; servirá si quieres impugnar o aclarar algo.